InvestigaciónDocumento
En línea
4/2025SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PRIMERA SALA

La denuncia de repetición del acto reclamado debe declararse fundada cuando la autoridad responsable reitera la aplicación de una norma declarada inconstitucional, aun cuando esta remita a otra disposición para determinar el monto de la contribución, si esta última es la que contiene el vicio de inconstitucionalidad.

Expediente
4/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
13 ago 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La denuncia de repetición del acto reclamado debe declararse fundada cuando la autoridad responsable reitera la aplicación de una norma declarada inconstitucional, aun cuando esta remita a otra disposición para determinar el monto de la contribución, si esta última es la que contiene el vicio de inconstitucionalidad.

Resumen

El quejoso denunció la repetición del acto reclamado al considerar que la autoridad fiscal aplicó nuevamente un precepto legal previamente declarado inconstitucional. El Tribunal Colegiado declaró fundada la denuncia de manera absoluta, tanto por el cobro de compraventa como por el de cancelación de embargo, al estimar que la autoridad sí reiteró la aplicación de la norma inconstitucional. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el presente asunto, confirmó la decisión del Tribunal Colegiado, estableciendo que la denuncia debe prosperar incluso si la norma inconstitucional remite a otra para fijar el monto de la contribución, siempre que el vicio de inconstitucionalidad resida en la norma remitente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.