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239/2026OtroJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Querétaro

La suspensión definitiva se concede o se niega en función de la inexistencia de los actos reclamados, la suficiencia de los fondos en las cuentas bancarias, y la omisión de las autoridades en rendir su informe previo.

Expediente
239/2026
Tribunal
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Querétaro
Ponente
Yadira Azucena Córdova Salinas
Fecha
10 abr 2026
Materia
laboral
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La suspensión definitiva se concede o se niega en función de la inexistencia de los actos reclamados, la suficiencia de los fondos en las cuentas bancarias, y la omisión de las autoridades en rendir su informe previo.

Resumen

El Juzgado Quinto de Distrito negó la suspensión definitiva contra la Junta Especial de Conciliación y Arbitraje y Banorte, al considerar inexistentes los actos reclamados y que la cuenta bancaria no tenía excedente. Sin embargo, concedió la suspensión definitiva contra BBVA México, debido a la omisión de esta institución en rendir su informe previo, cumpliéndose los requisitos para su otorgamiento.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.