El otorgamiento unilateral de pensiones por jubilación por parte de un Congreso local, con cargo al presupuesto de un tribunal administrativo autónomo, vulnera el principio de división de poderes y la autonomía de gestión presupuestal de dicho tribunal.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Morelos contra el Congreso y el Poder Ejecutivo de dicho estado. El Tribunal impugnó un decreto que concedía una pensión por jubilación con cargo a su propio presupuesto, argumentando una vulneración a su autonomía de gestión presupuestal y al principio de división de poderes. La Corte determinó que el Congreso local no puede disponer unilateralmente de los recursos de un órgano autónomo para cubrir pensiones, ya que esto afecta su independencia y funcionamiento, declarando la invalidez parcial del decreto impugnado.
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