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SJF · Tesis

La entrega de un cheque de caja para la devolución de impuestos, por sí sola, no acredita el cumplimiento de una ejecutoria de amparo, ya que la autoridad debe demostrar que el quejoso recibió efectivamente el numerario.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 abr 2007
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La entrega de un cheque de caja para la devolución de impuestos, por sí sola, no acredita el cumplimiento de una ejecutoria de amparo, ya que la autoridad debe demostrar que el quejoso recibió efectivamente el numerario.

Resumen

La emisión de un cheque de caja por parte de las autoridades fiscales para devolver impuestos, como consecuencia del otorgamiento de un amparo, no es suficiente para acreditar el cumplimiento de la ejecutoria. La carga probatoria recae en la autoridad, quien debe demostrar que el quejoso recibió efectivamente el pago, lo cual implica la presentación del contrarrecibo ante la Tesorería correspondiente.

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