La Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para conocer del recurso de revisión contra sentencias dictadas en audiencia constitucional por los Juzgados de Distrito o Tribunales Colegiados de Apelación, cuando se impugnan normas generales por estimarlas directamente violatorias de la Constitución y subsiste el problema de constitucionalidad en el recurso.
El presente extracto se refiere a la competencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer de recursos de revisión en amparo. Se establece que la Corte es competente cuando se impugnan normas generales por considerarlas inconstitucionales y dicho problema de constitucionalidad persiste en la etapa de revisión. Esto aplica tanto a sentencias de Juzgados de Distrito como de Tribunales Colegiados de Apelación.
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