La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que los municipios no pueden establecer multas ni contribuciones relacionadas con juegos de azar, ya que esta materia es de competencia exclusiva de la Federación.
El Poder Ejecutivo Federal promovió una controversia constitucional contra la Ley de Ingresos del Municipio de Santa Isabel Xiloxoxtla, Tlaxcala, impugnando los artículos 20, fracción XII, inciso c) y 54, fracción XVI, inciso c). El actor argumentó que dichos artículos invaden la esfera de competencia federal al establecer multas por juegos de azar y contribuciones relacionadas con telecomunicaciones. El Congreso local defendió la validez de las normas, sosteniendo que la multa por juegos de azar es una medida administrativa y la contribución sobre telecomunicaciones se relaciona con servicios municipales. La Corte resolvió que la materia de juegos de azar es de competencia exclusiva de la Federación, por lo que las disposiciones municipales que la regulan son inconstitucionales.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.