La competencia para resolver conflictos suscitados entre Tribunales Laborales Federales y Tribunales Laborales Locales corresponde a los Tribunales Colegiados de Circuito en Materia de Trabajo.
El Pleno Regional en Materia de Trabajo determinó carecer de competencia para resolver un conflicto suscitado entre un Tribunal Laboral Federal y un Tribunal Laboral Local. Fundamentó su decisión en la reforma a la Ley Federal del Trabajo y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, las cuales establecen que la resolución de dichos conflictos corresponde a los Tribunales Colegiados de Circuito en Materia de Trabajo. Por lo tanto, ordenó remitir los autos al Tribunal Colegiado de Circuito en Materia de Trabajo del Primer Circuito que corresponda.
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