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92/2026TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, con residencia en Xalapa, Veracruz· tema sin holding extraído

DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE QUEJA. Se estiman ineficaces los agravios hechos valer por la recurrente, porque contrario a lo que afirma la recurrente, el organismo público descentralizado señalado como autoridad responsable no actúa como autoridad para efectos del juicio de amparo cuando descuenta el concepto de desempeño laboral del salario de la persona quejosa, pues dicha actuación, se da dentro de una relación laboral surgida en un plano de igualdad (coordinación), ya que el salario está íntimamente vinculado con la relación obrero-patronal y con las condiciones fundamentales de la relación de trabajo entre el quejoso y la patronal, susceptible de impugnarse mediante el procedimiento laboral correspondiente por lo que resulta improcedente el juicio de amparo tal como estimó el A quo. De ahí que se propone declarar infundado el recurso.

Expediente
92/2026
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Séptimo Circuito, con residencia en Xalapa, Veracruz
Ponente
Edna Guadalupe Pérez García
Fecha
20 may 2026
Materia
laboral
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

DECLARAR INFUNDADO EL RECURSO DE QUEJA. Se estiman ineficaces los agravios hechos valer por la recurrente, porque contrario a lo que afirma la recurrente, el organismo público descentralizado señalado como autoridad responsable no actúa como autoridad para efectos del juicio de amparo cuando descuenta el concepto de desempeño laboral del salario de la persona quejosa, pues dicha actuación, se da dentro de una relación laboral surgida en un plano de igualdad (coordinación), ya que el salario está íntimamente vinculado con la relación obrero-patronal y con las condiciones fundamentales de la relación de trabajo entre el quejoso y la patronal, susceptible de impugnarse mediante el procedimiento laboral correspondiente por lo que resulta improcedente el juicio de amparo tal como estimó el A quo. De ahí que se propone declarar infundado el recurso.

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