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666/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene la facultad de conocer de amparos en revisión de interés y trascendencia, de oficio o a petición de diversas autoridades.

Expediente
666/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
21 ago 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene la facultad de conocer de amparos en revisión de interés y trascendencia, de oficio o a petición de diversas autoridades.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el contexto de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso García Rodríguez y otro vs. México, que declaró la inconvencionalidad de la prisión preventiva oficiosa, reafirma su facultad para conocer de amparos en revisión que revistan interés y trascendencia. Esta facultad puede ejercerse de oficio o a petición de autoridades como el Tribunal Colegiado de Circuito, el Fiscal General de la República, o el Ejecutivo Federal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.