El acreditamiento del impuesto al valor agregado trasladado por servicios de subcontratación laboral requiere que el contratante obtenga del contratista la documentación comprobatoria del pago del impuesto, así como la información específica que este último debe proporcionar al SAT.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la procedencia del acreditamiento del IVA en operaciones de subcontratación laboral. Se establece como requisito adicional que el contratante obtenga del contratista la documentación comprobatoria del pago del impuesto trasladado y la información específica que este debe proporcionar al SAT. Esta medida busca reducir prácticas de evasión fiscal, ya que se ha detectado que algunos contratistas no enteran el IVA trasladado al fisco, mientras que los contratantes sí lo acreditan, generando un perjuicio a la hacienda pública.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.