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SJF · Tesis

La responsabilidad solidaria del administrador de una sociedad en materia de impuesto sobre la renta no puede fincarse con base en disposiciones genéricas del Código Fiscal de la Federación si la ley específica del impuesto ha suprimido dicha figura.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1975
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La responsabilidad solidaria del administrador de una sociedad en materia de impuesto sobre la renta no puede fincarse con base en disposiciones genéricas del Código Fiscal de la Federación si la ley específica del impuesto ha suprimido dicha figura.

Resumen

Se determina que es antijurídico fincar la responsabilidad solidaria de un administrador en materia de impuesto sobre la renta, basándose en el Código Fiscal de la Federación de 1938, cuando la ley específica del impuesto sobre la renta, aplicable en el periodo correspondiente, ya había suprimido dicha responsabilidad. Se destaca que la supresión de la solidaridad en el código tributario posterior siguió el criterio ya adoptado en la ley del impuesto sobre la renta.

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