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525/2019NiegaTCC10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito, con Residencia en Cuernavaca Morelos

La compensación universal de deudas fiscales, prevista en el artículo 25, fracción VI, incisos a) y b), de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2019, es inconstitucional al contravenir el principio de reserva de ley en materia tributaria.

Expediente
525/2019
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Decimoctavo Circuito, con Residencia en Cuernavaca Morelos
Ponente
Yolanda Velazquez Rebollo
Fecha
13 ago 2020
Materia
administrativa
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La compensación universal de deudas fiscales, prevista en el artículo 25, fracción VI, incisos a) y b), de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2019, es inconstitucional al contravenir el principio de reserva de ley en materia tributaria.

Resumen

El tribunal modifica la sentencia recurrida para declarar la inconstitucionalidad del artículo 25, fracción VI, incisos a) y b) de la Ley de Ingresos de la Federación para 2019, referente a la compensación universal. Se considera que dicha disposición, al permitir la compensación de deudas fiscales sin una ley específica que la autorice y regule detalladamente, vulnera el principio de reserva de ley en materia tributaria. Por lo anterior, se niega el amparo a la quejosa respecto a la inconstitucionalidad reclamada, y se declara sin materia la revisión adhesiva.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.