El artículo 82, fracción I, inciso d), del Código Fiscal de la Federación es inconstitucional por violar los principios de legalidad y seguridad jurídica, al adicionar actos como infracciones sin la debida taxatividad exigida por los artículos 14 y 16 constitucionales.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un recurso de reclamación interpuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. El amparo directo en revisión planteó la inconstitucionalidad del artículo 82, fracción I, inciso d), del Código Fiscal de la Federación, argumentando que este precepto adiciona actos como infracciones y establece sanciones pecuniarias sin la debida taxatividad, contraviniendo los principios de legalidad y seguridad jurídica consagrados en los artículos 14 y 16 de la Constitución.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.