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156/2024NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la medida legislativa que restringe el reconocimiento de la identidad de género autopercibida a menores de edad no supera el test de escrutinio estricto, al no ser la opción menos restrictiva y al ignorar la existencia de medidas adecuadas a la autonomía progresiva de la niñez.

Expediente
156/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
GIOVANNI AZAEL FIGUEROA MEJÍA
Fecha
9 dic 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la medida legislativa que restringe el reconocimiento de la identidad de género autopercibida a menores de edad no supera el test de escrutinio estricto, al no ser la opción menos restrictiva y al ignorar la existencia de medidas adecuadas a la autonomía progresiva de la niñez.

Resumen

La Suprema Corte analizó una reforma legislativa que restringía el reconocimiento de la identidad de género a menores de edad, al exigir la credencial de elector como identificación oficial. Se determinó que esta medida no es la menos restrictiva para proteger a los menores de decisiones impulsivas, ya que limita de forma absoluta su derecho a la identidad de género autopercibida. La Corte señaló que existen medidas más adecuadas que consideran la autonomía progresiva de la niñez.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.