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8030/23-17-07-8OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Séptima Sala Regional en la Ciudad de México

La nulidad de un acto administrativo de ejecución es procedente cuando la autoridad fiscal omite considerar el pago parcial de un crédito fiscal y, en consecuencia, requiere el pago total del mismo, incurriendo en ilegalidad.

Expediente
8030/23-17-07-8
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
10 abr 2025
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La nulidad de un acto administrativo de ejecución es procedente cuando la autoridad fiscal omite considerar el pago parcial de un crédito fiscal y, en consecuencia, requiere el pago total del mismo, incurriendo en ilegalidad.

Resumen

La Séptima Sala Regional Metropolitana del TFJA resolvió un juicio de nulidad en cumplimiento a una ejecutoria de amparo. La Sala declaró la nulidad de una resolución de revocación y del mandamiento de ejecución que le dio origen. Se determinó que la autoridad fiscal incurrió en ilegalidad al omitir considerar el pago parcial de un crédito fiscal por concepto de impuesto sobre la renta, requiriendo posteriormente el pago total del mismo, lo cual contraviene los principios de legalidad y seguridad jurídica.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.