La concesión de pensiones por cesantía en edad avanzada a cargo del presupuesto del Poder Judicial de una entidad federativa, sin la transferencia de recursos suficientes, vulnera la autonomía de gestión presupuestal y el principio de división de poderes.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Judicial del Estado de Morelos contra un decreto del Congreso local que otorgaba una pensión por cesantía en edad avanzada a una persona, cargándola al presupuesto del Poder Judicial sin la debida transferencia de fondos. La Corte determinó que esta acción del Congreso local invade la autonomía presupuestal del Poder Judicial, contraviniendo el principio de división de poderes. Por ello, se declaró la invalidez parcial del decreto en la porción que obligaba al Poder Judicial a cubrir la pensión con cargo a su presupuesto sin la transferencia de recursos necesarios, ordenando al Congreso estatal modificar el decreto para que el pago se realice con cargo al presupuesto general del Estado o se transfieran los recursos correspondientes.
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