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201/2026SobreseeJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Sinaloa

La demanda de amparo debe desecharse cuando se reclaman normas generales que, por su naturaleza, requieren un acto de aplicación posterior a su entrada en vigor, actualizándose de manera manifiesta e indudable la causa de improcedencia prevista en la Ley de Amparo.

Expediente
201/2026
Tribunal
Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Sinaloa
Ponente
Isaí López Triana
Fecha
25 feb 2026
Materia
administrativa
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

La demanda de amparo debe desecharse cuando se reclaman normas generales que, por su naturaleza, requieren un acto de aplicación posterior a su entrada en vigor, actualizándose de manera manifiesta e indudable la causa de improcedencia prevista en la Ley de Amparo.

Resumen

El Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Sinaloa desechó una demanda de amparo al actualizarse de manera manifiesta e indudable la causa de improcedencia relativa al reclamo de normas generales que requieren un acto de aplicación posterior a su vigencia. Con fundamento en los artículos 113 y 61, fracción XII, de la Ley de Amparo, se determinó que la naturaleza del reclamo impedía el estudio de fondo del asunto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.