La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinará la procedencia de un recurso de revisión en amparo, cuando el planteamiento de inconstitucionalidad de una norma general entrañe la fijación de un criterio de interés excepcional, ya sea por dar lugar a un pronunciamiento novedoso o de relevancia nacional, o por implicar el desconocimiento de un criterio previamente sostenido por este Alto Tribunal.
El presente extracto de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establece los requisitos para la procedencia de un recurso de revisión en amparo. Se indica que es necesario que exista un problema de constitucionalidad, como la impugnación de una norma general, y que este problema revista un interés excepcional para el orden jurídico nacional. Este interés se actualiza cuando el criterio a fijar es novedoso, relevante, o cuando la resolución recurrida contraviene o ignora un criterio previo de la Corte.
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