La caducidad de la instancia, prevista en la legislación de Veracruz, es aplicable al juicio universal de concurso, al no poder éste clasificarse dentro de la jurisdicción voluntaria.
Se establece que las reglas de caducidad de la instancia, contenidas en el Código de Procedimientos Civiles de Veracruz, son aplicables al juicio universal de concurso. Esto se fundamenta en que dicho juicio no puede ser clasificado como de jurisdicción voluntaria, por lo que las disposiciones generales sobre caducidad deben ser observadas.
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