La prescripción de los créditos fiscales opera al transcurrir el plazo máximo de diez años, contados a partir de que el crédito fue legalmente exigible, independientemente de las gestiones de cobro realizadas por la autoridad.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió que la prescripción de créditos fiscales opera al cumplirse el plazo máximo de diez años, contado desde que el crédito fue exigible. En el caso, la autoridad fiscal declaró que los créditos no habían prescrito debido a gestiones de cobro, pero el tribunal determinó que, si bien estas gestiones interrumpen el plazo inicial de cinco años, el plazo total no puede exceder los diez años. Al haber transcurrido dicho plazo máximo, se declaró la prescripción y la nulidad de la resolución impugnada.
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