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35/25-23-01-6OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en Zacatecas y Auxiliar

La prescripción de los créditos fiscales opera al transcurrir el plazo máximo de diez años, contados a partir de que el crédito fue legalmente exigible, independientemente de las gestiones de cobro realizadas por la autoridad.

Expediente
35/25-23-01-6
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
16 abr 2025
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La prescripción de los créditos fiscales opera al transcurrir el plazo máximo de diez años, contados a partir de que el crédito fue legalmente exigible, independientemente de las gestiones de cobro realizadas por la autoridad.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa resolvió que la prescripción de créditos fiscales opera al cumplirse el plazo máximo de diez años, contado desde que el crédito fue exigible. En el caso, la autoridad fiscal declaró que los créditos no habían prescrito debido a gestiones de cobro, pero el tribunal determinó que, si bien estas gestiones interrumpen el plazo inicial de cinco años, el plazo total no puede exceder los diez años. Al haber transcurrido dicho plazo máximo, se declaró la prescripción y la nulidad de la resolución impugnada.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.