La resolución que informa la subsistencia de la medida de dejar sin efectos el certificado de sello digital, al ser la última voluntad de la autoridad respecto a la solicitud del contribuyente, constituye una resolución definitiva impugnable en el juicio contencioso administrativo.
La Tercera Sala Regional en Coahuila determinó que la resolución que confirma la subsistencia de la cancelación de un certificado de sello digital es una resolución definitiva y, por ende, impugnable ante el Tribunal. La Sala analizó si el acto de la autoridad, que responde a una solicitud de aclaración sobre la cancelación del certificado, constituía un acto definitivo. Se concluyó que, al ser la manifestación final de la voluntad de la autoridad respecto a la petición del contribuyente, sí tiene el carácter de definitiva y causa agravio, por lo que se desechó la causal de improcedencia planteada por la autoridad demandada.
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