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290/2024TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito· tema sin holding extraído

Desecha el recurso contra acuerdo que requiere el cumplimiento. No se surte el supuesto de procedencia del artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo. El acto recurrido no es trascendental y grave, que pueda causar perjuicio a la recurrente, no reparable, pues la decisión de si la sentencia está cumplida o no, es materia de la declaratoria que al respecto se haga, en términos del artículo 196 de la Ley de Amparo, en contra de la cual procede el recurso de inconformidad establecido en el diverso numeral, 201 de esa ley o el incidente de inejecución de sentencia.

Expediente
290/2024
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Séptimo Circuito
Ponente
Alfonso Ortiz López
Fecha
20 feb 2025
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Desecha el recurso contra acuerdo que requiere el cumplimiento. No se surte el supuesto de procedencia del artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo. El acto recurrido no es trascendental y grave, que pueda causar perjuicio a la recurrente, no reparable, pues la decisión de si la sentencia está cumplida o no, es materia de la declaratoria que al respecto se haga, en términos del artículo 196 de la Ley de Amparo, en contra de la cual procede el recurso de inconformidad establecido en el diverso numeral, 201 de esa ley o el incidente de inejecución de sentencia.

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