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SJF · Ejecutoria

La competencia para conocer de las demandas por las que los trabajadores jubilados adscritos a los planteles y demás servicios que se incorporaron al Sistema Educativo Estatal reclaman la devolución de las aportaciones al FOVISSSTE acumuladas en la subcuenta de vivienda administrada por el PENSIONISSSTE, corresponde, por afinidad, al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
23 may 2016
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La competencia para conocer de las demandas por las que los trabajadores jubilados adscritos a los planteles y demás servicios que se incorporaron al Sistema Educativo Estatal reclaman la devolución de las aportaciones al FOVISSSTE acumuladas en la subcuenta de vivienda administrada por el PENSIONISSSTE, corresponde, por afinidad, al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.

Resumen

La contradicción de tesis aborda la competencia para resolver sobre la devolución de aportaciones al FOVISSSTE por parte de trabajadores jubilados. Se analizan criterios de diversos Tribunales Colegiados que difieren en determinar si la competencia recae en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o en otras instancias. El Pleno en Materia de Trabajo del Primer Circuito resuelve que, por afinidad, la competencia corresponde al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, basándose en la naturaleza laboral de la reclamación y la interpretación de la Ley del ISSSTE y la Constitución.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.