Los agravios que combaten las consideraciones de una sala para desestimar causales de improcedencia, y que debieron impugnarse en un recurso de revisión fiscal anterior, resultan inatendibles en un recurso posterior por preclusión del derecho procesal.
En el recurso de revisión fiscal, si las causales de improcedencia fueron desestimadas por la sala y no se impugnaron en un recurso anterior, el derecho a hacerlo precluye. Por lo tanto, los agravios formulados en un recurso posterior que ataquen esas mismas consideraciones son inatendibles, ya que el contribuyente perdió la oportunidad procesal de combatirlas.
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