La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que las disposiciones que otorgan acceso a información fiscal y financiera a órganos de investigación y sanción de corrupción no satisfacen la exigencia de taxatividad, al carecer de elementos objetivos que limiten la actuación de la autoridad en la imposición de multas, suspensiones o inhabilitaciones.
La Suprema Corte analizó la suficiencia de las normas que permiten a órganos de investigación y sanción de corrupción acceder a información fiscal y financiera. Si bien reconoció la necesidad de dicho acceso para el cumplimiento de sus atribuciones, consideró que las disposiciones carecen de la taxatividad requerida, al no establecer elementos objetivos que delimiten la discrecionalidad de la autoridad al momento de imponer sanciones como multas, suspensiones o inhabilitaciones.
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