La ampliación de las causas de impedimento en el juicio de amparo puede realizarse en cualquier tiempo, siempre que se cumplan los requisitos legales aplicables, sin que la Ley de Amparo imponga un límite temporal para ello.
La empresa "A" solicitó la recusación de varios Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en un amparo directo en revisión. Posteriormente, la empresa amplió las causas de impedimento alegadas. El Ministro Presidente desechó dicha ampliación, lo que dio lugar a un recurso de reclamación. La Primera Sala determinó que la ampliación de las causas de impedimento es procedente en cualquier tiempo, siempre que se cumplan los requisitos legales, citando la contradicción de criterios 364/2023.
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