InvestigaciónDocumento
En línea
378/2023ConcedeTCCConcede parcial11ª Época
Verificado contra fuente oficial
Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito· tema sin holding extraído

Amparo contra sentencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa que declaró la nulidad de resolución emitida por la ADAF de SLP del Servicio de Administración Tributaria, donde autorizaron parcialmente y negaron devoluciones de saldo a favor por concepto de Impuesto al Valor Agregado. Concede amparo. La Sala declaró la nulidad de las resoluciones impugnadas por indebida fundamentación y motivación, para el efecto de que el propio SAT se pronunciara otra vez sobre la procedencia de las devoluciones. Sin embargo, en atención a su plena jurisdicción, debió pronunciarse sobre el fondo o fundar y motivar por qué no cuenta con los elementos necesarios para tal efecto. Ello en el entendido de que no está obligada a determinar procedentes las devoluciones.

Expediente
378/2023
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito
Ponente
Jaime Arturo Garzón Orozco
Fecha
14 nov 2024
Materia
administrativa
Sentido
concede

Tema · autorreporte del tribunal

Amparo contra sentencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa que declaró la nulidad de resolución emitida por la ADAF de SLP del Servicio de Administración Tributaria, donde autorizaron parcialmente y negaron devoluciones de saldo a favor por concepto de Impuesto al Valor Agregado. Concede amparo. La Sala declaró la nulidad de las resoluciones impugnadas por indebida fundamentación y motivación, para el efecto de que el propio SAT se pronunciara otra vez sobre la procedencia de las devoluciones. Sin embargo, en atención a su plena jurisdicción, debió pronunciarse sobre el fondo o fundar y motivar por qué no cuenta con los elementos necesarios para tal efecto. Ello en el entendido de que no está obligada a determinar procedentes las devoluciones.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.