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186/2026ConcedeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído

No es materia del presente recurso de revisión, al no haber sido impugnado por la parte a quien pudiera perjudicar (quejosos), el sobreseimiento decretado por la jueza de Distrito en el considerando cuarto de la sentencia recurrida, que rige su primer punto resolutivo. Inoperantes gran parte de los argumentos que formula la autoridad recurrente en sus conceptos de agravio, toda vez que no combate de manera frontal y directa las consideraciones de la jueza de Distrito para conceder la protección constitucional. Inoperante diverso argumento, en atención a que la autoridad recurrente parte de una premisa falsa, pues combate la concesión de la suspensión definitiva, cuando en el caso lo que se recurre es la sentencia por la cual se concedió la protección constitucional a los quejosos. Inoperante otro de sus argumentos, ya que se trata de una afirmación dogmática carente de sustento.

Expediente
186/2026
Tribunal
Decimosexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Inés Xóchitl Arias Blanco
Fecha
15 may 2026
Materia
administrativa
Sentido
concede

Tema · autorreporte del tribunal

No es materia del presente recurso de revisión, al no haber sido impugnado por la parte a quien pudiera perjudicar (quejosos), el sobreseimiento decretado por la jueza de Distrito en el considerando cuarto de la sentencia recurrida, que rige su primer punto resolutivo. Inoperantes gran parte de los argumentos que formula la autoridad recurrente en sus conceptos de agravio, toda vez que no combate de manera frontal y directa las consideraciones de la jueza de Distrito para conceder la protección constitucional. Inoperante diverso argumento, en atención a que la autoridad recurrente parte de una premisa falsa, pues combate la concesión de la suspensión definitiva, cuando en el caso lo que se recurre es la sentencia por la cual se concedió la protección constitucional a los quejosos. Inoperante otro de sus argumentos, ya que se trata de una afirmación dogmática carente de sustento.

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