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45/2018ConcedeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La fracción II del artículo 158 del Código Penal para el Estado de Hidalgo, al condicionar la despenalización del aborto en casos de violación a requisitos como la denuncia previa al conocimiento del embarazo y la comprobación del cuerpo del delito por el Ministerio Público, es inconstitucional por ser desproporcionada y atentar contra los derechos a la salud, igualdad y no discriminación de las mujeres y personas gestantes.

Expediente
45/2018
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 sep 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La fracción II del artículo 158 del Código Penal para el Estado de Hidalgo, al condicionar la despenalización del aborto en casos de violación a requisitos como la denuncia previa al conocimiento del embarazo y la comprobación del cuerpo del delito por el Ministerio Público, es inconstitucional por ser desproporcionada y atentar contra los derechos a la salud, igualdad y no discriminación de las mujeres y personas gestantes.

Resumen

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la constitucionalidad del artículo 158, fracción II, del Código Penal para el Estado de Hidalgo, que establecía requisitos para la interrupción del embarazo en casos de violación. La Sala determinó que dichos requisitos, como la denuncia previa al conocimiento del embarazo y la comprobación del cuerpo del delito por el Ministerio Público, eran desproporcionados y vulneraban los derechos a la salud, igualdad y no discriminación de las mujeres. Por ello, revocó la sentencia de amparo y declaró la inconstitucionalidad de la norma impugnada.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.