La dependencia no implica una sujeción incondicionada, ya que la entidad dependiente conserva la potestad de no aceptar las condiciones impuestas, al existir la posibilidad de optar por otros cursos de acción.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la naturaleza de la dependencia entre entidades federativas. Se determina que la dependencia no es absoluta, pues la entidad dependiente conserva la libertad de no aceptar las condiciones impuestas por la otra, al tener la opción de elegir entre diversas alternativas. Esto se deriva de la naturaleza contingente de la dependencia, que no obliga a la sumisión incondicionada.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.