Los actos del procedimiento administrativo de ejecución son ilegales y deben declararse nulos cuando derivan de créditos fiscales que previamente han sido declarados nulos por otro tribunal, al carecer de fundamento y motivación.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de los actos del procedimiento administrativo de ejecución (mandamiento de ejecución, requerimiento de pago y acta de embargo) al considerar que estos actos eran consecuencia de créditos fiscales que ya habían sido declarados nulos por sentencia previa. La Sala determinó que, al anularse los créditos fiscales que servían de fundamento, los actos de ejecución resultaban violatorios del artículo 16 Constitucional por indebida fundamentación y motivación, y por ende, ilegales.
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