El principio de presunción de inocencia no es aplicable en materia laboral, pues no se está ante un proceso penal en el que estén en juego los derechos de una persona imputada.
El presente asunto deriva de un juicio de amparo directo en revisión donde se controvirtió la constitucionalidad de una cláusula del Contrato Colectivo de Trabajo, al considerar que vulneraba el derecho a una defensa adecuada. El Tribunal Colegiado concedió el amparo para el pago de vacaciones y prima vacacional. Sin embargo, la Suprema Corte, al resolver el recurso de revisión, analizó la aplicabilidad del principio de presunción de inocencia en materia laboral, concluyendo que este no es aplicable en dicho ámbito, a diferencia de lo que ocurre en materia penal o administrativa sancionadora.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.