InvestigaciónDocumento
En línea
217/2014NiegaTCC10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Ejecutoria

El principio de legalidad tributaria se respeta cuando los elementos esenciales de las contribuciones se encuentran consignados en una ley, aun cuando esta sea la Ley de Ingresos, y no en la Ley de Hacienda, pues la Ley de Ingresos, al ser una norma posterior de igual jerarquía, puede modificar o derogar disposiciones de la ley de hacienda.

Expediente
217/2014
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
6 oct 2014
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El principio de legalidad tributaria se respeta cuando los elementos esenciales de las contribuciones se encuentran consignados en una ley, aun cuando esta sea la Ley de Ingresos, y no en la Ley de Hacienda, pues la Ley de Ingresos, al ser una norma posterior de igual jerarquía, puede modificar o derogar disposiciones de la ley de hacienda.

Resumen

El Tribunal Colegiado revocó la sentencia de amparo y negó la protección solicitada, al considerar que el artículo 13 de la Ley de Ingresos del Municipio de Corregidora, Querétaro, para el ejercicio fiscal 2014, que establece una tarifa progresiva para el cobro del impuesto predial, respeta los principios de legalidad, proporcionalidad y equidad tributaria. Se determinó que la Ley de Ingresos, al ser una norma posterior de igual jerarquía, puede modificar o derogar disposiciones de la Ley de Hacienda, y que los elementos esenciales del tributo se encuentran debidamente previstos en la ley, evitando arbitrariedades y permitiendo al contribuyente conocer sus obligaciones.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.