La inconstitucionalidad de una norma general debe plantearse a partir de su contenido intrínseco y no de su aplicación particular por parte de la autoridad fiscal.
El quejoso impugnó el artículo 106, sexto párrafo, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente en 2011, argumentando que era inconstitucional por permitir a la autoridad fiscal interpretar si la documentación comprobatoria para gastos por cuenta de terceros debía cumplir requisitos fiscales. La Corte determinó que los agravios eran inoperantes porque el quejoso se limitó a cuestionar la aplicación particular de la norma por parte de la autoridad, sin atacar su contenido intrínseco y la supuesta falta de certeza jurídica que generaba.
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