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SJF · Ejecutoria

La declaratoria de abandono de bienes a favor del Gobierno Federal puede ser emitida tanto por el Ministerio Público como por el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), en el ámbito de sus respectivas atribuciones y dependiendo del estadio en que se encuentre el bien.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
25 may 2015
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La declaratoria de abandono de bienes a favor del Gobierno Federal puede ser emitida tanto por el Ministerio Público como por el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), en el ámbito de sus respectivas atribuciones y dependiendo del estadio en que se encuentre el bien.

Resumen

La contradicción de tesis analizó qué autoridad es competente para emitir la declaratoria de abandono de bienes a favor del Gobierno Federal. El Primer Tribunal Colegiado sostuvo que tanto el Ministerio Público como el SAE tienen facultades para ello, mientras que el Octavo Tribunal Colegiado consideró que solo el SAE es competente. El Pleno de Circuito determinó que ambas autoridades pueden emitir dicha declaratoria, ya que la Constitución no veda esta facultad a ninguna de ellas y el legislador ordinario delegó la regulación a las leyes y sus reglamentos, los cuales se complementan sin contraponerse.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.