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SJF · Tesis

La orden de revisión de escritorio o gabinete no exige los mismos requisitos que la orden de visita domiciliaria, pues no afecta la inviolabilidad del domicilio.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 ene 2003
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La orden de revisión de escritorio o gabinete no exige los mismos requisitos que la orden de visita domiciliaria, pues no afecta la inviolabilidad del domicilio.

Resumen

Se establece que si bien las órdenes de revisión de escritorio o gabinete y las visitas domiciliarias deben cumplir con los requisitos del artículo 16 constitucional, no se les exigen exactamente los mismos. La diferencia radica en que la revisión de escritorio se realiza en oficinas de la autoridad fiscal, sin afectar la inviolabilidad del domicilio, a diferencia de la visita domiciliaria. Por ello, en el citatorio para una revisión de escritorio no es necesario señalar que es para recibir la solicitud de documentación, ya que no se vulnera el domicilio del contribuyente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.