La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público está legitimada para interponer el recurso de reclamación, al haber sido presentado por el titular de la Dirección General de Asuntos Contenciosos y Procedimientos en suplencia por ausencia de superiores jerárquicos.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público interpuso un recurso de reclamación contra un acuerdo dictado por la Ministra Presidenta de la SCJN. La Secretaría argumentó que el tribunal de origen determinó incorrectamente que no existió un acto de aplicación del artículo 41-A del Código Fiscal de la Federación, cuando, a su decir, la revisión de gabinete se originó para verificar compensaciones, lo que sí implicaba la aplicación de dicha norma. La Corte analizó la legitimación de la Secretaría para interponer el recurso, la cual fue confirmada con base en su Reglamento Interior.
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