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SJF · Tesis

El auto de formal prisión que se dicte por el delito de peculado, debe especificar los hechos constitutivos del delito en función de la participación del indiciado, y no como hechos atribuidos de manera destacada e individualizada que, en su autonomía, no puedan configurar el delito.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1938
Materia
penal
Sentido

Holding · resolución sintética

El auto de formal prisión que se dicte por el delito de peculado, debe especificar los hechos constitutivos del delito en función de la participación del indiciado, y no como hechos atribuidos de manera destacada e individualizada que, en su autonomía, no puedan configurar el delito.

Resumen

Se concedió el amparo a una sucesión contra el remate de una finca, derivado de la retención de dinero depositado en el Banco de México. Se determinó que el albacea, al ordenar la devolución del depósito, no desempeñaba un servicio público. Además, se consideró que el auto de formal prisión por peculado era violatorio del artículo 19 constitucional al no especificar los hechos constitutivos del delito en función de la participación del indiciado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.