La cuantificación de las costas en juicios civiles que concluyen por caducidad de la instancia o por homologación de desistimiento, debe regirse por las reglas aplicables a los asuntos de cuantía indeterminada.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de criterios entre tribunales colegiados respecto a la cuantificación de costas en juicios civiles que no terminan con sentencia de fondo. Un tribunal consideró que debían aplicarse las reglas para asuntos de cuantía determinada, mientras que otro sostuvo que eran aplicables las de cuantía indeterminada. La Corte determinó que, al no existir una sentencia de fondo, se debe atender a las reglas de cuantía indeterminada.
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