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6091/2024SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El recurso de revisión en amparo directo procede cuando se analice la constitucionalidad de normas generales o la interpretación directa de preceptos constitucionales, siempre que el asunto revista un interés excepcional en materia de derechos humanos.

Expediente
6091/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
29 oct 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El recurso de revisión en amparo directo procede cuando se analice la constitucionalidad de normas generales o la interpretación directa de preceptos constitucionales, siempre que el asunto revista un interés excepcional en materia de derechos humanos.

Resumen

El presente caso analiza la procedencia del recurso de revisión en amparo directo, enfocándose en los requisitos de constitucionalidad e interés excepcional en materia de derechos humanos. Se establece que dicho recurso es procedente cuando la sentencia recurrida versa sobre la constitucionalidad de normas generales o la interpretación directa de preceptos constitucionales, y además, el asunto presenta un interés excepcional en materia de derechos humanos, conforme a los artículos 107, fracción IX de la Constitución Federal y 81, fracción II de la Ley de Amparo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.