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4844/2024NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

El cumplimiento de los derechos humanos no exime de la observancia de los mecanismos jurisdiccionales internos para impugnar actos de autoridad.

Expediente
4844/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
12 mar 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El cumplimiento de los derechos humanos no exime de la observancia de los mecanismos jurisdiccionales internos para impugnar actos de autoridad.

Resumen

El Tribunal Colegiado determinó que el artículo 215 del Código Federal de Procedimientos Civiles no es inconstitucional. La recurrente argumentó que el cumplimiento de los derechos humanos, conforme a sus principios, permitía obviar los mecanismos jurisdiccionales internos. Sin embargo, el Tribunal Colegiado, apoyándose en una tesis aislada, resolvió que la protección de los derechos humanos no anula la necesidad de seguir los procedimientos legales establecidos para impugnar actos de autoridad.

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