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53/2016SobreseeTCC10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El recurso de queja contra la omisión de tramitar una demanda de amparo directo debe declararse sin materia cuando la autoridad responsable acredita haber realizado las actuaciones necesarias para su remisión al tribunal competente, pues con ello se subsana la omisión y se cumple el fin del medio de impugnación.

Expediente
53/2016
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
22 may 2017
Materia
sin clasificar
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

El recurso de queja contra la omisión de tramitar una demanda de amparo directo debe declararse sin materia cuando la autoridad responsable acredita haber realizado las actuaciones necesarias para su remisión al tribunal competente, pues con ello se subsana la omisión y se cumple el fin del medio de impugnación.

Resumen

El presente recurso de queja se interpuso contra la omisión de una Sala responsable de tramitar una demanda de amparo directo. Sin embargo, el tribunal colegiado determinó que el recurso ha quedado sin materia al advertir, a través del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, que la demanda ya fue remitida al tribunal competente. Se considera que, al realizarse las actuaciones pertinentes para la remisión, la omisión original se subsana y el objetivo del recurso se cumple.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.