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996/26-03-02-9ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Sinaloa

La falta de fundamentación de la competencia territorial de la autoridad emisora en un acto de molestia, como una boleta de infracción, vulnera las garantías de legalidad y seguridad jurídica del particular.

Expediente
996/26-03-02-9
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
5 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La falta de fundamentación de la competencia territorial de la autoridad emisora en un acto de molestia, como una boleta de infracción, vulnera las garantías de legalidad y seguridad jurídica del particular.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de una boleta de infracción al considerar que la autoridad emisora no fundó adecuadamente su competencia territorial. La autoridad citó diversos ordenamientos, pero omitió invocar los acuerdos específicos que establecían las circunscripciones territoriales de las Coordinaciones Estatales de la Policía Federal, dejando al particular en estado de indefensión al no poder determinar el ámbito de actuación de la autoridad. Por lo anterior, se determinó que el acto carecía de la debida fundamentación exigida por los artículos 16 Constitucional y 3 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.