InvestigaciónDocumento
En línea
46/2019ConcedeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SJF · Ejecutoria

El cobro por el registro extemporáneo de nacimiento, al ser un obstáculo económico para el ejercicio del derecho a la identidad, es inconstitucional, pues dicho derecho debe ser garantizado sin costo alguno.

Expediente
46/2019
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
13 dic 2021
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El cobro por el registro extemporáneo de nacimiento, al ser un obstáculo económico para el ejercicio del derecho a la identidad, es inconstitucional, pues dicho derecho debe ser garantizado sin costo alguno.

Resumen

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos impugnó diversas disposiciones de las Leyes de Ingresos Municipales del Estado de Morelos para el ejercicio fiscal 2019. Entre las normas impugnadas se encontraba el artículo 42, numeral 4.1.6.2.07.01, de la Ley de Ingresos del Municipio de Coatlán del Río, que establecía cobros por el registro extemporáneo de nacimiento. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dicho cobro es inconstitucional, ya que contraviene el derecho a la identidad consagrado en el artículo 4o. de la Constitución Federal, el cual debe garantizarse sin costo alguno, conforme a los tratados internacionales y la reforma constitucional de 2014.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.