La falta de notificación personal de la contestación de la demanda, al tener por precluido el derecho del contribuyente para ampliarla, vulnera los artículos 14, 16 y 17 constitucionales, máxime cuando manifestó desconocer el contenido de la resolución determinante del crédito fiscal.
El presente asunto versa sobre la ilegalidad de una sentencia que consideró precluido el derecho del contribuyente para ampliar su demanda, al no haber formulado argumentos contra las constancias de notificación de la resolución determinante del crédito fiscal. El contribuyente argumenta que la falta de notificación personal de la contestación de la demanda le impidió realizar dicha ampliación, vulnerando sus derechos constitucionales. Adicionalmente, se señala que la Sala responsable omitió analizar el concepto de impugnación referente a la indebida fundamentación y motivación del requerimiento de pago, en particular, la cuantificación de los recargos.
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