La autonomía presupuestal de los poderes judiciales locales es un principio fundamental de su independencia, cuya vulneración, a través de la imposición unilateral de cargas económicas por parte del poder legislativo, trasgrede el principio de división de poderes.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una controversia constitucional promovida por el Poder Judicial del Estado de Morelos contra el Decreto 1503, que concedía una pensión por jubilación con cargo al presupuesto del Poder Judicial. La Sala determinó que la imposición unilateral de esta carga financiera por parte del Congreso local vulnera la autonomía presupuestal y la independencia del Poder Judicial, contraviniendo el principio de división de poderes. Por ello, se declaró la invalidez parcial del decreto en la porción que obligaba al Poder Judicial a cubrir la pensión, ordenando al Congreso local modificar el decreto para que el pago sea asumido por el propio Congreso o se asignen los recursos necesarios a otra entidad.
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