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36/2026TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito· tema sin holding extraído

FUNDADO El Juez de Distrito desechó de plano la demanda por estimar actualizada de manera manifiesta e indudable la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con el 107, fracción V, contrario sensu, de la Ley de Amparo. Es necesario tener a la vista las constancias del juicio de origen, para verificar si, como alega la quejosa, dicha resolución afecta el interés superior de sus hijos menores de edad por permitir que continúen con su padre a pesar de que, en este momento obran elementos de convicción suficientes para determinar que los retuvo indebidamente y concederle la guarda y custodia provisional a ella, con lo cual, además, se liberaría del pago de alimentos provisionales que se le impuso.

Expediente
36/2026
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito
Ponente
Rosalba Azucena Gil Mejía
Fecha
15 may 2026
Materia
civil
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

FUNDADO El Juez de Distrito desechó de plano la demanda por estimar actualizada de manera manifiesta e indudable la causa de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXIII, en relación con el 107, fracción V, contrario sensu, de la Ley de Amparo. Es necesario tener a la vista las constancias del juicio de origen, para verificar si, como alega la quejosa, dicha resolución afecta el interés superior de sus hijos menores de edad por permitir que continúen con su padre a pesar de que, en este momento obran elementos de convicción suficientes para determinar que los retuvo indebidamente y concederle la guarda y custodia provisional a ella, con lo cual, además, se liberaría del pago de alimentos provisionales que se le impuso.

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