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487/2013NiegaTCCNiega · revoca acto10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La procedencia del juicio de amparo contra leyes autoaplicativas requiere que el quejoso acredite que la norma le causa un perjuicio real y actual en su esfera jurídica, ya sea de manera directa o por su especial situación frente al orden jurídico, sin que baste la sola manifestación de inconformidad.

Expediente
487/2013
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
6 oct 2014
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La procedencia del juicio de amparo contra leyes autoaplicativas requiere que el quejoso acredite que la norma le causa un perjuicio real y actual en su esfera jurídica, ya sea de manera directa o por su especial situación frente al orden jurídico, sin que baste la sola manifestación de inconformidad.

Resumen

El presente caso aborda la procedencia del juicio de amparo contra leyes autoaplicativas, particularmente en el contexto de reformas a la Ley Federal del Trabajo. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que, si bien algunas disposiciones legales pueden ser autoaplicativas, para que proceda el amparo, el quejoso debe demostrar que la norma le causa un perjuicio concreto en su esfera jurídica. No basta la simple impugnación de la ley por considerarla inconstitucional; es necesario acreditar la afectación real y actual, ya sea directa o por una situación especial frente al orden jurídico. En ausencia de esta demostración, el juicio de amparo debe sobreseerse.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.