El artículo 782 de la Ley Federal del Trabajo es constitucional, pues el recabamiento oficioso de pruebas por el tribunal laboral, lejos de vulnerar la imparcialidad, tiende a la búsqueda de la verdad y a una justicia laboral apegada a los hechos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación conoció del amparo directo en revisión 2707/2024. La patronal impugnó la constitucionalidad del artículo 782 de la Ley Federal del Trabajo, argumentando que la facultad del tribunal laboral de recabar pruebas de oficio lo volvía juez y parte, vulnerando la seguridad y certeza jurídica y el acceso a la justicia. El tribunal colegiado resolvió que dicha norma es compatible con el principio de imparcialidad, pues su objetivo es lograr una justicia laboral apegada a los hechos y a la verdad.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.