La notificación de créditos fiscales es ilegal cuando el notificador no asienta en el acta correspondiente el vínculo que la persona que atendió la diligencia tiene con el contribuyente, pues ello impide tener certeza de que dicha persona informará al destinatario sobre el acto.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que la notificación de cédulas de liquidación de cuotas obrero-patronales fue ilegal. La ilegalidad se fundamentó en que el notificador no especificó la relación que la persona que recibió la notificación tenía con la empresa actora, lo cual es un requisito para garantizar la seguridad jurídica del contribuyente. Al declararse ilegal la notificación, se consideró al actor como sabedor del acto desde la fecha en que manifestó conocerlo, lo que permitió que su demanda fuera considerada presentada en tiempo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.